El Gobierno Nacional ha hecho algunos cambios en los requisitos nuevo IFE, es decir, en el Ingreso Familiar de Emergencia. Estos cambios han sido publicados en el Boletín por medio de una resolución que determino el pago de los diez mil pesos.
Requisitos nuevo IFE de Anses
Estos cambios se dieron luego de que se aplique la Resolución 16 / 2020 en el Boletín Oficial, el cual determino quienes van a poder acceder al cobro del bono del IFE que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), para enfocar dicho universo en los sectores mas vulnerables de la sociedad.
Para acceder a este bono, el solicitante tiene que ser ciudadano argentino nativo por opción o naturalizado, que este viviendo en el país, o extranjero con residencia legal en la República Argentina no inferior a DOS (2) años anteriores a la solicitud, a su vez tiene que contar con entre 18 y 65 años de edad y no estar percibiendo (ni el solicitante ni algún miembro del grupo familiar) ingresos que provengan de:
- Trabajo en relación de dependencia que este registrado en el sector público o privado, a excepción del hecho en el marco del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
- Trabajo por cuenta propia como Monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomos.
- Del Subsidio o Prestación por desempleo.
- Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter Contributivo o No Contributivo, sin importar si son nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes del PROGRESAR.
- Se va a exceptuar de los requisitos estipulados en los incisos a), b) y c) a los titulares de derecho de la Asignación Universal por Hijo (AUH) para Protección Social y Asignación por Embarazo (AUE) para Protección Social.
Con respecto a los cambios en los requisitos nuevo IFE (Ingreso Familiar de Emergencia) de los que hablábamos al comienzo, son variados y comenzaran a regir actualmente. Los cambios que han hecho desde el gobierno son:
- Las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no van a ser alcanzadas por las previsiones del Decreto N° 310/2020 y su modificatorio, por no reunir la calidad de destinatarios determinadas en su artículo 2°.
- Cuando el o la solicitante del pago de diez mil pesos tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) sea igual al de sus padres registrado en dicho organismo, el grupo familiar se va a considerar compuesto por el solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condiciones establecidas.
- La Anses va a requerir a la AFIP (ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS) que se encargue de hacer una evaluación socioeconómica y patrimonial con el objetivo de establecer la pertinencia de cada solicitud.
A su vez, en la resolución se destaca que «el IFE se abonará a través de una transferencia bancaria en la cuenta del solicitante, siempre y cuando fuera posible este canal. En su defecto, el pago se gestionará a través de otras modalidades que Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) disponga».
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