Después de una reunión que han mantenido la directora ejecutiva de la Anses, María Fernanda Raverta y el Secretario de Energía, Darío Martínez, tomaron una decisión respecto de la Tarifa Social de Gas. Ahora no habrá menos limitaciones para acceder al beneficio.
¿Quién puede ser beneficiario de la Tarifa Social de Gas?
Esta solicitación había sido propuesta el 30 de julio de este año por parte del Ente Nacional Regulador de Gas (ENARGAS) hacia la Secretaria de Energía de la Nación, en la que se pedía readecuar los criterios de inclusión y exclusión vigentes en la Tarifa.
Modificaciones en la Tarifa Social
Debido a estos criterios de exclusión que se implementaron en el año 2016 por el anterior ministro de energía, sesenta y un mil beneficiarios y beneficiarias han quedado por fuera de la Tarifa Social de Gas entre el mes de julio del 2019 y marzo del 2020.
Gracias a esta propuesta del secretario Martínez y ENERGAS, todos los que hayan sido rechazados debido a estas exclusiones van a poder pedir de nuevo la tarifa de gas por medio de la Ventanilla Única de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Me sacaron el subsidio. ¿Porque?
Una de los motivos por los que muchos fueron excluidos del cobro de la Tarifa Social de Gas, es la verificación de la titularidad de otro medidor en los vínculos familiares que tienen declarados ante la Anses, lo que quiere decir que si un integrante del grupo familiar era informado por la Licenciataria de Distribución como titular de otro suministro, esto constituía una causal para la exclusión del beneficio.
Otro de los cambios por esta decisión es la quita de los controles mensuales que hace la Administración Nacional de la Seguridad Social para corroborar que el usuario no este contando con ninguno los criterios de exclusión. ENARGAS ha solicitado en este caso que la vigencia de la tarifa sea de un año.
Quien puede pedir la Tarifa de Gas Social
Actualmente, van a poder acceder al cobro de este subsidio todos aquellos que sean: Trabajadores en relación de dependencia; Personas que cobren programas sociales; Monotributistas sociales; Personas que cobran la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur; Titulares del servicio que cuenten con el Certificado Único de Discapacidad (CUD); Jubilados y pensionados; Trabajadores monotributistas; Empleados del servicio doméstico; Personas que cobran la Prestación por Desempleo y Personas que cobran una Pensión no Contributiva.
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