La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ya asigno la fecha de pago del bono de 22.000 pesos que corresponde al nuevo Programa de Recuperación Productiva 2 (REPRO 2) el cual además incluye a trabajadores independientes y monotributistas: van a efectuarse entre el 8 y 10 de junio de forma automática.
Pago del bono REPRO II
Debido a que no se emiten pagos del IFE Ingreso Familiar de Emergencia para este grupo de personas y el segundo bono de 15000 que también incluyó a los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación Universal por Embarazo (AUE), el período de inscripción va a vencer este martes 1 de junio inclusive.
Fecha de cobro bono de 22.000 pesos
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha habilitado el 26 de mayo el canal para la inscripción para poder ser parte del Programa de Recuperación Productiva 2 (REPRO 2), el beneficiado de asistencia para el pago de salarios que incluye este mes la ampliación para los monotributistas y trabajadores autónomos afectados por el nuevo aislamiento.
Monto REPRO para cada sector
El monto máximo del pago se fue de 18 a 22 mil pesos por la relación laboral para los empleadores encuadrados en los sectores críticos y salud, aunque puede variar en función del sector en el que la empresa desarrolle sus actividades:
Afectados no críticos: hasta 9 mil pesos.
Críticos: hasta 12.000 mil pesos, pero por la nueva fase 1, se elevó el pago a veintidós pesos.
Sector salud: bono de 22.000 pesos.
¿Qué beneficios acceden las empresas de los sectores críticos?
Todas las empresas que pertenezcan a la categoría de sectores críticos particularmente afectados por la actual coyuntura cuenten con los siguientes:
Disminución del 100 por ciento de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Requerimiento de información limitada a dos indicadores: por la facturación y la liquidez corriente. Se exonerar de la obligación de presentar balance.
Inscripción al Repro II
- Primero tienen que ingresar al servicio web Repro II afip.gob.ar/sitio/externos
- El empleador o representante legal deberá confirmar los datos de la facturación interanual y se podrá descargar la nómina con los trabajadores que van a ser beneficiados. Después será redirigido al sitio web del MTEySS (Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social).
- En el sitio web del MTEySS se les pedirá una serie de datos que el empleador se encargara que rellenar. En caso de que corresponda, además se tiene que adjuntar el último balance exigible certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas (sujetos obligados), así como la DDJJ (Declaración Jurada) también certificada (para empleadores de 800 o más trabajadores).
- Una vez rellenados todos los datos, se emitirá un comprobante de inscripción con el número de trámite. Este comprobante va a ser enviado por ventanilla electrónica (AFIP).
- En caso de que se solicite subsanar los datos presentados, esto se notificará por ventanilla electrónica en un PDF genérico que incluirá todos los motivos posibles de rechazo listados con un código y la vía por la cual deberán reenviar la documentación. En la referencia de la notificación se detallara el o los códigos que se tiene que corregir en cada caso particular.
- El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social avisara a las empleadoras y los empleadores las novedades respecto a la incorporación al Programa por medio de la ventanilla electrónica del sitio web de la AFIP.
- Si la solicitud llegara a ser rechazada, se le informará al empleador/a el código del motivo del rechazo.
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